En el municipio de Arafo , la Junta de Gobierno Local se configura como el órgano ejecutivo por excelencia del Ayuntamiento, asumiendo la mayor parte de las atribuciones municipales de gestión, respondiendo políticamente ante el Pleno.
La Junta de Gobierno Local se integra por el Sr. Alcalde Presidente, que la preside, y hasta cuatro personas designadas por él, de las cuales las cuatro ostentan la condición de concejales.
Aprobar la Oferta de Empleo Público de acuerdo con el Presupuesto y la Plantilla aprobados por el Pleno, aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo y distribuir las retribuciones complementarias que no sean fijas y periódicas.
Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del Planeamiento General no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de proyectos de urbanización.
Sancionar las faltas de desobediencia al Alcalde o por infracción de las Ordenanzas Municipales, salvo en los casos en que tal facultad esté atribuida a otros órganos.
El otorgamiento de las licencias, salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al Pleno.
Las demás que expresamente le atribuyan las Leyes y aquéllas que la legislación del Estado o de las Comunidades Autónomas asignen a los municipios y no atribuyan a otros órganos municipales.
Alcalde-Presidente. Excmo. Ayuntamiento de la Villa de Arafo.
1er. Teniente de Alcalde
2º. Teniente de Alcalde
3er. Teniente de Alcalde
4º. Teniente de Alcalde